En un intento por equilibrar las expectativas y la realidad de los jóvenes profesionales que ingresan al mercado laboral, el Gobierno español ha firmado este jueves un nuevo Estatuto del Becario. Tras más de un año y medio de negociaciones con los sindicatos, el estatuto tiene como objetivo proporcionar una red de seguridad legal para los estudiantes en prácticas y regular sus contratos.
El nuevo estatuto implica una serie de medidas destinadas a mejorar la experiencia de los becarios y garantizar que sus prácticas sean productivas, gratificantes y respetadas por las empresas. Los becarios ya no podrán trabajar de noche, y se les garantizará una compensación económica para cubrir los gastos. Además, la presencia de becarios no podrá superar el 20% de la plantilla total de la empresa.
Protecciones y derechos para los becarios
Uno de los aspectos más destacados del nuevo estatuto es la inclusión de los becarios en la Seguridad Social a partir del 1 de octubre de 2023, incluso si sus prácticas no son remuneradas. Esta medida representa un importante paso adelante en la protección de los derechos de los becarios y en la garantía de su acceso a los mismos beneficios que los demás trabajadores.
Además, se han establecido reglas claras sobre las funciones que deben cumplir los becarios. Se ha tomado especial cuidado para asegurarse de que no se conviertan simplemente en otro empleado de la empresa, sino que se respete su condición de aprendices.
Controversia en torno al nuevo estatuto
No obstante, la introducción del nuevo estatuto ha generado cierta controversia. A pesar de las protecciones y derechos establecidos, tanto los rectores como la patronal se han descolgado del acuerdo, viendo en la norma una posible amenaza para el modelo de prácticas vigente. Argumentan que el estatuto perjudicará la formación práctica de los estudiantes, limitando las oportunidades para adquirir experiencia laboral.
Hacia la implementación
Pese a las críticas, el nuevo estatuto representa un paso adelante en la regulación de las prácticas laborales en España. Todavía queda pendiente su aprobación final por el Consejo de Ministros y la Diputación Permanente del Congreso.
Con su entrada en vigor, todos los contratos de prácticas no laborales que se firmen deberán acogerse a las nuevas medidas. Sin embargo, aquellos que ya estuvieran vigentes antes de su aprobación, podrán desarrollarse hasta su finalización. Los acuerdos o convenios de cooperación con los centros formativos que ya estuvieran suscritos con anterioridad con las empresas, podrán mantenerse hasta el 31 de diciembre de 2023.
El nuevo Estatuto del Becario es un intento de equilibrar las necesidades de los jóvenes profesionales con las demandas del mercado laboral. Solo el tiempo dirá si este estatuto tiene el efecto deseado y si cumple con sus promesas de proporcionar una experiencia más justa y productiva para los becarios en España.
Impacto en las empresas
Para las empresas, las nuevas regulaciones suponen un cambio de paradigma en la forma en que gestionan sus programas de prácticas. Si bien algunas empresas pueden ver estas regulaciones como una restricción, otras pueden considerarlas una oportunidad para demostrar su compromiso con la equidad y la responsabilidad social. Aquellas empresas que incumplan estas normas podrían enfrentarse a multas de hasta 225.000 euros, lo que subraya la seriedad con la que se están tomando estas reformas.
Perspectiva futura
Mirando hacia el futuro, la implementación del Estatuto del Becario es solo un paso en el camino hacia una mejora más amplia de las condiciones laborales de los jóvenes en España. Se espera que estas reformas estimulen un debate más amplio sobre el papel y el valor de los programas de prácticas en la economía moderna.
Sin embargo, queda por ver cómo se implementarán y cumplirán estas normas en la práctica. ¿Cómo afectarán a los programas de prácticas existentes? ¿Se traducirán en oportunidades más justas y valiosas para los becarios? Y más importante aún, ¿cómo cambiarán estas reformas la experiencia de los jóvenes que entran en el mundo laboral?
Límite de horas
Una de las nuevas novedades recogidas es la regulación de un límite de horas que no pueden superar los estudiantes en su periodo de prácticas. Para las curriculares, ese tope se sitúa en el 25% de las horas en que se concreten los créditos de la titulación correspondiente. Porcentaje que desciende en el caso de las prácticas extracurriculares desarrolladas durante un grado, máster o doctorado, cuyos becarios no podrán superar el 15% de las horas de sus créditos, ni tampoco el total de 480 horas.
Máximo de becarios
La norma limita también un máximo de becarios con los que podrá contar cada centro: las personas en formación práctica no podrán superar el 20% de la plantilla total. Aunque, eso sí, permite que cualquier empresa pueda concertar prácticas con dos personas, independientemente del número de personas de plantilla (una medida especialmente dirigida a aquellas empresas más pequeñas).
Alta en la Seguridad Social
Como ya se incluyó en la segunda pata de la reforma de las pensiones aprobada por el Gobierno en marzo, los becarios cotizarán en la Seguridad Social a partir del 1 de octubre de 2023, aun cuando sus prácticas no sean remuneradas.
Compensación de gastos
Las empresas o centros de trabajo tendrán, además, que pagar los gastos que tengan sus becarios, con una cuantía suficiente para costearse, por ejemplo, el desplazamiento, el alojamiento o la manutención. Estarán exentos de esa compensación si se ponen a disposición de los becarios “todos los servicios necesarios” para no tener que cubrir esos gastos de su bolsillo o, en su caso, si la práctica en cuestión conlleva una asignación económica.
Sin horarios nocturnos
Además, las actividades formativas no podrán desarrollarse en horario nocturno ni a turnos, salvo aquellos puestos que no puedan desarrollarse en otros periodos (cines, por ejemplo) debido a la naturaleza de la actividad.
Un becario, no un trabajador más
Otro de los hitos que contempla el documento es la regulación y la vigilancia de las funciones que debe cumplir (y no cumplir) el alumno en prácticas. Desde el principio, el objetivo ha sido delimitar las responsabilidades de los becarios para que no acaben siendo un trabajador más de la empresa en cuestión, pero sin contar con los derechos y beneficios laborales del resto de la plantilla.
Es lo que se conoce como “presunción de laboralidad”, que es el derecho del estudiante en prácticas pueda demostrar en un proceso ágil que sus funciones no se corresponden con su convenio. Se modifica para ello el plan anual de la Inspección de Trabajo, que desde ahora tendrá como prioridad la vigilancia de estos contratos, para que en el caso de que no se cumplan se obligue a la empresa a dar de alta al estudiante.
Sanciones de hasta 225.000 euros
Por el incumplimiento de cada una de las medidas contempladas en el documento, el Estatuto del Becario recoge una serie de horquillas de multas, que llegan hasta los 225.000 euros. Si las infracciones son consideradas leves, se sancionarán con multas que pueden ir de los 70 a los 750 euros. En el caso de que sean graves, se multará con penas de 751 a 7.500 euros. Y, si la transgresión implica discriminaciones directas o indirectas hacia el becario, la sanción puede llegar a ser de entre 7.501 y 225.018 euros.
¿Para cuándo?
Todos los contratos de prácticas no laborales que se firmen desde la entrada en vigor de la ley tendrán que acogerse a las nuevas medidas. Sin embargo, aquellos que ya estuvieran vigentes antes de aprobarse, podrán desarrollarse hasta su finalización. Además, en cuanto a los acuerdos o convenios de cooperación con los centros formativos que ya estuvieran suscritos con anterioridad con las empresas, podrán mantenerse hasta el 31 de diciembre de 2023.