Educación permite portar símbolos culturales y religiosos en los colegios valencianos.
La decisión establece que los centros educativos no prohíban la asistencia a clases a alumnos que por cuestiones de identidad religiosa o cultural porten prendas tales como velo, toca, kipá o hiyab, entre otras.
Colegios y centros escolares de toda la Comunitat Valenciana permitirán a sus alumnos ir a clase con estas prendas, respetando las creencias culturales, religiosas y símbolos de identidad de los alumnos que decidan asistir a la escuela con velos, solideos o cualquier otra ropa característica que se relacione con sus creencias, tal y como afirma la Conselleria de Educación que tras esta decisión deja entrever el derecho a la libertad y elección de vestimenta, identidad y creencia de cualquier persona.
Dicha propuesta de resolución realizada por el secretario autonómico de Educación, Miguel Soler, recoge una serie de instrucciones que los centros de educación infantil de segundo ciclo así como los de primaria deben cumplir como medidas de organización y funcionamiento que debe regir en dichas instituciones educativas. Una resolución que dicta que no se le puede prohibir ni vetar a ningún alumno a recibir clases por cuestiones de vestimenta.
“No se ha de impedir el acceso a los centros de personas que vistan ropas características o propias por motivo de su identidad religiosa (toca, hiyab, kipá, solideo) y que no supongan ningún problema de identificación o atenten contra la dignidad de las personas”, declaran desde la Conselleria de Educación.
Esta decisión se pone en práctica a partir del próximo curso que se inicia en septiembre, una sentencia estipulada tras algunos episodios, como el ocurrido a principios del curso pasado cuando se abrió el debate en torno a este tema con lo ocurrido con una alumna del IES Benlliure de Valencia a la que se le prohibió la asistencia a clases por llevar hiyab.
Tras la denuncia de la alumna, la Conselleria actuó para poner fin a este problema y garantizó a la joven la asistencia a clase con su velo. Dicho centro de estudios tuvo que rectificar la norma interna que impedía a los alumnos llevar la cabeza cubierta o semicubierta excepto por enfermedad.
Con todo, en las instrucciones de la resolución se indica que la vestimenta tiene una “evidente función simbólica” tanto en el ámbito personal como social tal y como recoge el apartado de reglamento de régimen interior que regula, precisamente, la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa.